Registro Sanitario para Dispositivos Médicos de fabricación nacional e importados Clases IIB y III

El Registro Sanitario para Dispositivos Médicos de fabricación nacional e importados Clases IIB y III es un requisito indispensable para comercializar cualquier producto en el mercado colombiano. Este trámite garantiza que los dispositivos médicos cumplen con las normativas sanitarias y de calidad exigidas por las autoridades de salud, asegurando así la protección de los consumidores. Es fundamental realizar este proceso de manera correcta y en línea para agilizar el tiempo de aprobación y evitar cualquier retraso en la venta de los dispositivos médicos en el país.

El Registro Sanitario para Dispositivos Médicos de fabricación nacional e importados Clases IIB y III permite obtener la autorización a una persona natural o jurídica para producir, comercializar, importar, exportar, envasar, procesar, expender o almacenar un dispositivo médico de fabricación nacional o importado de clase IIB o clase III, teniendo en cuenta la normatividad sanitaria vigente.

Documentos Necesarios para el Registro Sanitario para Dispositivos Médicos

Los documentos necesarios para el Registro Sanitario Para Dispositivos Médicos de Fabricación Nacional e Importados de clases son los siguientes.

  • Reunir documentos y requisitos técnicos y legales para la presentación del trámite
  • Realizar el pago
  • Realizar la radicación de manera virtual o presencial
  •  Notificarse del Acto Administrativo

El Registro sanitario de dispositivos médicos de fabricación nacional clases IIB y III, se obtiene en 15 Días hábiles.

Enlace | Registro Sanitario


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